Si se desea independizar distintos Dominios de acuerdo a “Usos independientes y sobre una única parcela”, tal como viviendas, locales, depósitos, cocheras, etc., deberá hacerse bajo el régimen de Propiedad Horizontal en Unidades Funcionales y/o Complementarias, siempre y cuando se cuente con un Plano de Obra Municipal, que avale la existencia y la independencia de uso, como también el acceso a la vía pública de la Unidades a generar (con Designación Catastral y Partida Inmobiliaria propia).
Una vez que el Agrimensor haya confeccionado el plano de subdivisión y su legajo parcelario, es necesario recurrir ante un Escribano para que confeccione e inscriba el Reglamento de Copropiedad y Administración para que la subdivisión cobre efecto.
